La tarjeta AP-15 para el pago del peaje de Autopistas de Navarra, S.A. se regirá por las presentes condiciones generales y las que en lo sucesivo pudieran establecerse entre las partes.
Cada una de las tarjetas tendrá asociada una cuota anual por coste de gestión de la misma. Para el año 2013 el precio será de 7,85 € más el IVA en vigor que se facturará coincidiendo con el mes de emisión de la tarjeta. En los años siguientes la cuota se facturará en dicho mes. El precio de la cuota se establecerá por años naturales, actualizado con la variación del IPC registrado en el año anterior. Esta cuota no es reintegrable ni total ni parcialmente ante ninguna circunstancia una vez emitida la factura correspondiente a dicha cuota.
El solicitante recibirá todas las comunicaciones, y en especial las facturas correspondientes a los tránsitos realizados en la Autopista AP-15, electrónicamente en la dirección de correo electrónica o cualquier otro medio similar que el solicitante provea a Autopistas de Navarra, S.A. y por lo tanto, autoriza a Autopistas de Navarra, S.A. a enviar por esta vía dichas comunicaciones mercantiles.
El solicitante entregará a AUDENASA una autorización de domiciliación bancaria en los términos indicados por la Ley de Servicios de Pago 16/2009 que AUDENASA proveerá para su cumplimentación. Dicho requisito será indispensable para la tramitación de la solicitud de la tarjeta AP-15.
La tarjeta AP-15, es personal e intransferible. Su emisión deberá solicitarse mediante los impresos que podrán ser facilitados en cualquiera de los servicios de AUDENASA, remitiéndolos debidamente cumplimentados a las oficinas de AUDENASA, Autopista AP-15, Km. 83-Sur – 31192 TAJONAR (Navarra), lo que conlleva la aceptación expresa por parte del solicitante de las presentes condiciones.
El solicitante deberá ser la persona física que haya de figurar como titular. El titular podrá obtener, previa conformidad de AUDENASA, la expedición de tarjetas adicionales, asociadas a su misma cuenta, (identificarlas individualmente mediante las matrículas de los vehículos), las cuales estarán sometidas a estas mismas condiciones, siendo el titular responsable solidario de las obligaciones por ellas asumidas. El mismo régimen se aplicará para las personas jurídicas.
Aprobada la solicitud en la que el solicitante ha de completar todos y cada uno de los datos solicitados, se procederá a extender y entregar al solicitante la tarjeta AP-15 en la que constarán los datos de identificación, número de la tarjeta y caducidad. En el caso de que la solicitud no esté completa AUDENASA podrá no tramitar la solicitud. AUDENASA cede la tarjeta al usuario titular a fin de que este pueda acogerse al sistema de pago aplazado.
AUDENASA procederá a la facturación periódica de los tránsitos realizados siempre con arreglo a las tarifas en vigor en el momento en que hubieran efectuado los mismos (las modificaciones de las tarifas de los peajes se hacen públicas a través del BON). El cobro se realizará necesariamente mediante cargo en la cuenta corriente bancaria o libreta de ahorro que el titular haya indicado en su solicitud, cargo que se efectuará necesariamente el día de presentación de los correspondientes recibos.
El impago de algún recibo supondrá el bloqueo inmediato de la tarjeta y su suspensión de uso. AUDENASA cargará 3 € por cada recibo devuelto en concepto de gastos de recobro y gestión. Así mismo podrá exigir al usuario, en concepto de garantía complementaria para desbloquear la tarjeta y su posterior uso, un depósito en metálico de importe mínimo de 50 euros y máximo del triple del importe de los recibos impagados. El deposito se mantendrá durante la vigencia del contrato y hasta que el titular renuncie a la tarjeta devolviéndola a AUDENASA. El usuario podrá sustituir este depósito en metálico por aval bancario de importe equivalente.
En caso de mora en el pago de algún recibo se devengará, desde la fecha de vencimiento del mismo, un interés legal por mora equivalente al tipo del interés legal del dinero, vigente en cada momento, incrementado en dos puntos. Así mismo cualquier demora en el pago o el incumplimiento parcial o total de las presentes normas, facultará a AUDENASA para proceder a la resolución del contrato, quedando de inmediato en suspenso el uso de la tarjeta AP-15 a nombre del titular que haya incurrido en la demora o incumplimiento, con independencia de las acciones legales a que hubiera lugar. Todos los gastos que se deriven del cobro retrasado de las facturas/recibo debidos, serán a cargo del titular de la tarjeta afectada.
El titular de la tarjeta, así como de las tarjetas adicionales, se obliga a comunicar a AUDENASA por carta certificada, Burofax o telegrama cualquier variación de datos contenidos en su solicitud, especialmente los relativos al domicilio, cuenta bancaria y teléfono. En caso de cambio de denominación social, sucesión de empresa, absorción o cualquier otra de similar naturaleza, el nuevo titular está obligado a cumplimentar un nuevo contrato.
El titular y, en su caso, los usuarios y titulares de tarjetas adicionales, serán responsables de la conservación y correcta utilización de las tarjetas de las que sean titulares. En el caso de extravío, pérdida, hurto o robo de una tarjeta estarán obligados a poner en conocimiento de AUDENASA – Servicio de Tarjetas, mediante carta, certificada o con entrega personal, sin perjuicio de dar inmediato aviso telefónico a dicho Servicio, Tfno. 948 246 832. A partir de las 24 horas del momento en que la Concesionaria tenga conocimiento por escrito de la incidencia, los devengos que se produzcan por el uso indebido de la tarjeta en la autopista de Navarra AP-15, no serán imputables al titular.
La tarjeta AP-15 se emite con vigencia determinada, estampada en la propia tarjeta. Transcurrido dicho plazo caducará, no siendo apta para el uso.
En caso de deterioro de la tarjeta que hiciera imposible su uso, el titular vendrá obligado a entregarla, a AUDENASA para que le sea sustituida por una nueva. Si la causa del deterioro fuera imputable al usuario, este asume la obligación del pago de 3 € por costes de reposición. Deberá abonar este mismo importe en el caso de que la tarjeta sea remplazada antes de su caducidad por una nueva, por pérdida de la anterior o por petición expresa y voluntaria del usuario.
Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1.999, de 13 de Diciembre, de protección de datos de carácter personal, AUDENASA informa que los datos personales recibidos del usuario a través de la solicitud de tarjeta AP-15, serán incorporados a un fichero, titularidad de AUDENASA, cuya finalidad es el mantenimiento de las relaciones contractuales con los clientes de la tarjeta AP-15, incluido el envío de comunicaciones comerciales. AUDENASA se compromete a guardar secreto respecto de los datos obtenidos de los titulares de la tarjeta mediante el formulario de solicitud y garantiza la adopción de medidas necesarias para velar por la confidencialidad de dichos datos. Así mismo se reconoce al usuario la posibilidad de ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación o cancelación y oposición, en los términos establecidos en la LOPD 15/1.999, mediante escrito a AUTOPISTAS DE NAVARRA, S.A. (Autopista AP-15, Km. 83-Sur – 31192 TAJONAR).
Dado que los peajes de la Autopista de Navarra pueden abonarse con cualquier medio de pago, ya sea tarjeta de crédito, débito, OBE (Telepeaje) o en metálico, la solicitud por parte del usuario conlleva la aceptación de forma expresa de las condiciones pactadas, las cuales son aceptadas de forma libre, consciente y voluntaria por éste, sin las cuales y si no hubieran sido de su conformidad no las hubiera aceptado, de forma y manera que la firma del presente documento supone su aceptación expresa de las mismas, ya que en caso contrario la Concesionaria, es decir, AUDENASA no le habría entregado, ni emitido las correspondientes tarjetas. Asimismo, el uso de la tarjeta se entiende como aceptación de las condiciones que se le remiten y por tanto del contrato.